El senador Federico Pinedo presentó una iniciativa para regular la exploración y explotación de yacimientos minerales en el espacio ultraterrestre.
El senador por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Federico Pinedo, presentó un proyecto de ley con el objeto de regular la exploración y explotación de yacimientos minerales en el espacio ultraterrestre. El proyecto, que lleva el número 1644/19, ingresó en la cámara de senadores el 3 de junio para ser tratado en las comisiones de Minería, Energía y Combustibles, Ciencia y Tecnología y Presupuesto y Hacienda.
Desde Latam Satelital se intentó realizar una serie de consultas sobre el proyecto al Senador Pinedo pero no se obtuvo respuesta de parte del legislador argentino.
En sus fundamentos, el proyecto destaca la importancia de los metales pesados y minerales como el platino, el níquel o el cobalto para el desarrollo de la tecnología actual y futura y su preocupante escases en la Tierra.
El proyecto de Pinedo define la Minería Espacial como “la posibilidad de explotar materias primas de asteroides y planetas; los minerales y demás compuestos (hidrocarburos incluidos) podrán ser extraídos in-situ o mediante diversos procedimientos capturar asteroides y traerlos hasta la órbita cercana a la Tierra para su posterior procesamiento.”
Como antecedentes, el proyecto de ley menciona iniciativas similares en los Estados Unidos, Luxemburgo y Alemania y cita a la viceprimer ministra rusa Tatyana Golikova quien impulsó una asociación con Luxemburgo en relación a la minería espacial.
Pinedo señaló que “adoptar una ley que contemple otorgar a personas radicadas en el país permisos para la exploración y explotación de minerales en el espacio, es una herramienta hábil para promover la radicación de nuevas empresas en el país, no solo por las posibilidades económicas que implica sino también porque ello supondrá avances tecnológicos que tendrán claras repercusiones en otros sectores económicos y sociales”.
Para el senador porteño, la norma no colisiona contra el derecho internacional en materia espacial. La ley 17.989 del año 1967 aprobó el Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes. Según el tratado, el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera.
Para Pinedo esto no representa una restricción, ya que en su criterio aplica a los Estados miembros, “pero no a los particulares que pongan su capital en actividades de riesgo intensivo. En efecto, no existe norma que a ellos les impida, en el caso de encontrarse legalmente autorizados, a explotar los recursos minerales del espacio, en la medida que se respeten los principios del derecho internacional y se haga un uso pacífico de los recursos extraídos”.
No se conocen hasta el momento emprendimientos, públicos, privados o mixtos, que hayan planificado desarrollar actividades de minería espacial en Argentina. Tal vez eso cambie en el futuro.
Fuente: Senado de la Nación