Los satélites del operador canadiense remplazaron al Telstar-12 (1999) y al Anik-F1 (2000) ambos autorizados en el año 2000 en Argentina. También se autorizó el cambio de órbita del NSS-7 de SES.
El Ministerio de Modernización de la Nación publicó el 19 de enero tres autorizaciones para que satélites de los operadores SES y Telesat operen sobre el territorio argentino.
Mediante la Resolución 32-E/2018 se autorizó al satélite NSS-7 de SES a operar desde la Posición Orbital Geoestacionaria (POG) de 20° Oeste en las bandas de frecuencia C y Ku. Este satélite, lanzado en el año 2002, había sido autorizado a operar en Argentina en el año 2000 desde la POG de 21,5° Oeste. En el año 2012 fue lanzado el SES-4 que se ubicó en la posición previamente autorizada al NSS-7 y este fue trasladado a la POG de 20° Oeste desde donde brinda servicios actualmente. SES-4 no se encuentra autorizado a brindar servicios en Argentina, aunque tiene cobertura tanto en Banda C como en Banda Ku en el país.
Telstar-12 VANTAGE, uno de los satélites más modernos del operador canadiense Telesat lanzado en el año 2015 por un cohete H-2A japonés, fue autorizado mediante la Resolución 33-E/2018 para operar en la Banda Ku desde la POG de 15° Oeste. Este satélite remplazó al Telstar-12, actualmente en órbita inclinada, lanzado en octubre de 1999 y autorizado a operar en Argentina desde el año 2000.
Anik-G1, también del operador Telesat, fue autorizado mediante la resolución 34-E/2017 de la cartera a cargo del Ministro Andrés Ibarra. Este satélite opera en las bandas de frecuencia C, Ku y X desde la POG de 107.3° Oeste y entró en servicio en el año 2013 remplazando al Anik-F1 que fuera lanzado en el año 2000 y autorizado en Argentina en el 2001.
Reciprocidad
Las tres autorizaciones publicadas el 19 de enero corresponden a satélites ya operativos que remplazaron a otros autorizados en Argentina. Es decir, estas autorizaciones no implican un incremento en la oferta de capacidad en el mercado nacional más allá de la mejora introducida en los nuevos satélites con mejores y más amplias prestaciones que sus predecesores.
Las tres resoluciones se basan para otorgar la autorización en la Resolución 3609 del año 1999 de la ex Secretaría de Comunicaciones que aprobó el Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales donde se establecen los criterios para la autorización de satélites de comunicaciones en el país. Este reglamento determina un régimen al que denomina de Exclusividad y Competencia que buscar armonizar la autorización de satélites extranjeros con el desarrollo del operador satelital nacional, en ese momento Nahuelsat y desde el año 2006, ARSAT.
El Reglamento estipula, entre otras cosas, que para autorizar un satélite de bandera extranjera debe existir un acuerdo de “reciprocidad” con la Argentina. Actualmente hay acuerdos vigentes con Canadá, Países Bajos, Estados Unidos, Brasil, España y México. En el caso del NSS-7 de SES (con sede en Luxemburgo), fue invocado el acuerdo con Países Bajos y en el caso de los dos satélites de Telesat, el acuerdo con Canadá.
La controversia que genera la autorización de satélites extranjeros de países donde el operador nacional (ARSAT) no tiene, ni podría tener en un futuro cercano, la posibilidad de ofrecer sus servicios, como es en el caso de Canadá o Países Bajos es tratada en el libro recientemente publicado “ARSAT en la Encrucijada”, de editorial Oink.